domingo, octubre 28, 2007

Más pérdidas que ganancias: Abreu y Ayala comentan la constitución del 2007

Con la aprobación casi final del mal llamado proyecto de "reforma constitucional" por la Asamblea Nacional la semana pasada, ya empiezan a salir estudios sobre lo que puedan aportar los 69 artículos de la constitución del 1999 que serían modificados. El Nacional es el primero en publicar una revisión exhaustiva, escrita por Alirio Abreu, ex magistrado de la corte Interamericana de Derechos Humanos y Carlos Ayala ex presidente de la misma.

A pesar de sus mejores esfuerzos para alcanzar un mínimo de objetividad, se desprende de la lectura de cada tema que abordan que esos cambios sólo pueden ser negativos para el país. Lo único que será positivo, aparentemente, sera que el pueblo venezolano por fin entenderá, después de perderlos, cuáles eran los derechos que tenía. Que juzgue el lector. (Traducción al inglés aquí)

Más pérdidas que Ganancia
El Nacional, Domingo 28 de octubre

(nota del editor: El artículo empieza con una foto de Chávez en medio de su corte. Palabras sobran para comentar esa foto. Lo que sí se observa, para los lectores que no sean de Venezuela, es la presencia a la extrema derecha de un sonriente Isaías Rodríguez, Fiscal General de la República, que no debería aparecer nunca con el presidente Chávez a menos que sea un acto protocolar (o privado), nunca un acto proselitista como esa foto indica por sus asistentes. Esta foto explica mucho.)

AUTONOMÍA DE LOS PODERES

Será más simple remover a magistrados

¿Qué se pierde?
Los magistrados del TSJ podrán ser removidos libremente por la mayoría simple de la Asamblea Nacional. Tal variación merma la independencia y autonomía de las máximas autoridades del Poder Judicial, en la medida en que podrían ceder ante presiones para conservar sus cargos.

Los comités de postulación estarán integrados por entes del Estado y no por organizaciones de la sociedad, con lo cual se disminuyen las garantías de imparcialidad de los rectores del Poder Judicial y del Poder Ciudadano. La AN no tendrá que aprobar el Plan de Desarrollo Nacional.

La autonomía del Banco Central de Venezuela y la autonomía de la política monetaria y la administración de las divisas; todo ello queda en manos del Presidente de la República.

Que el consejo nacional de gobierno y el consejo de Estado sean presididos por el vicepresidente (ahora por el Presidente).

¿Qué se gana? Mayor conciencia en la sociedad venezolana sobre la importancia de la independencia y la autonomía de los poderes públicos para una democracia.

Mayor conciencia de la comunidad internacional sobre el carácter no democrático de la reforma constitucional.

DESCENTRALIZACIÓN

Desde Miraflores se controlará todo el país

¿Qué se pierde? El "sistema nacional de ciudades" supone una centralización en el Poder Ejecutivo de las competencias locales de las ciudades. Nacionalización y centralización del régimen de Caracas y su Distrito Federal.

Centralización de los consejos comunales en el poder nacional: su registro, régimen y financiamiento.

Centralización del consejo nacional de gobierno: entre sus miembros sólo estarán los gobernadores y alcaldes "convocados" por el Presidente.

El Presidente podrá crear regiones militares y nombrar sus autoridades.

El mandatario podrá crear entidades centrales sobre los estados y municipios, como son las provincias federales, territorios federales, distritos funcionales; y nombrar sus autoridades (no serán elegidas).

Eliminación del Distrito Metropolitano de Caracas y su sustitución por un distrito federal.

No aparece claro el origen democrático de sus autoridades.

¿Qué se gana? En apariencia, más situado constitucional, pero en la práctica no, porque ahora los estados y municipios tendrán que compartirlo no sólo con el Distrito Federal, sino con los consejos comunales y demás órganos del poder popular (no está claro si también con las provincias federales, territorios federales, distritos funcionales).

ESTADOS DE EXCEPCIÓN

El Gobierno actuará fuera de control en emergencias

¿Qué se pierde? Pueden ser afectados el derecho a la información y al debido proceso, los cuales son fundamentales para evitar excesos de autoridad. No basta con garantizar unos pocos derechos del debido proceso, pues es una norma integral que no se puede dividir.

Al modificarse el artículo 337 de la Constitución vigente, para excluir el derecho a la información como uno de los derechos que no puede ser suspendido en los estados de excepción, se viola el principio de progresividad, consagrado expresamente en el artículo 19 de la Carta Magna.

El control parlamentario para revocar el decreto del estado de excepción.

De la noción limitada a la "restricción" ahora se regresa a la peligrosa noción de "suspensión".

Los límites temporales de los estados de excepción como garantía.

No queda claro el control judicial que en la Constitución vigente figura como un requisito imprescindible.

Referencias expresas a los límites internacionales a los estados de excepción (Convención Americana sobre Derechos Humanos y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

¿Qué se gana? Mayor conciencia sobre los riesgos de la restricción de la libertad de expresión en caso de estados de excepción.

PROPIEDAD

De inmediato se podrán ocupar bienes expropiables

¿Qué se pierde? El reconocimiento constitucional expreso de la propiedad como un derecho.

La consagración de la función social de la propiedad.

La universalidad de los bienes objeto de propiedad. La distinción entre "bienes de uso y consumo" y "bienes de producción legítimamente adquiridos" es una invitación a la arbitrariedad para que se determine por ley cuáles son los bienes susceptibles de propiedad. Además, ¿qué quiere decir bienes "legítimamente adquiridos", y quién los determina? Los bienes objeto de expropiación podrán ser ocupados administrativamente sin autorización judicial previa, con lo cual el particular queda prácticamente desvalido frente al Estado.

La garantía de la no confiscación de tierras.

Las faltas ambientales podrán ser castigadas con la confiscación de las tierras; además, no se determina qué tipo de faltas.

Desdibujamiento de la propiedad intelectual, no se garantiza plenamente su protección.

Todo ello genera inseguridad jurídica a la propiedad de todos lo venezolanos y venezolana.

¿Qué se gana? Mayor conciencia sobre los riesgos de acciones arbitrarias contra la propiedad en la nueva Constitución.

DERECHOS LABORALES

Seguridad de trabajadores independientes era una deuda

¿Qué se pierde? El trabajo como una libertad de la persona humana.

El derecho de los ciudadanos a dedicarse a la actividad económica legal de su preferencia. Ahora, los venezolanos trabajarán bajo las condiciones que imponga el Gobierno, dentro del marco de la política del Estado.

Riesgo de la autonomía sindical frente a los nuevos consejos de trabajadores.

En la práctica, el derecho de los trabajadores a asociarse con fines de reivindicativos pudiera ser soslayado por un liderazgo promovido por el Estado, a pesar de que en muchos casos el Estado es el patrono.

¿Qué se gana? Reducción de la jornada laboral a 6 horas diarias o 36 horas semanales..

Un sistema de seguridad social que ampara a los trabajadores independientes, con la previsión de crear un fondo alimentado con aportes del Estado y del trabajador.

Por ser de justicia social, es lógico el apoyo casi general al mejoramiento de las condiciones de trabajo y de las garantías de los trabajadores venezolanos.

Ambas cuestiones pudieron haber sido resueltas legalmente hace varios años, a partir de los mandatos expresos de la Constitución vigente.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Ahora será más difícil revocar a malos gobernantes

¿Qué se pierde? El pluralismo político, pues los mecanismos de participación (elecciones, referendos, etc.) quedan sujetos a una sola ideología: el socialismo.

Las condiciones que faciliten las iniciativas populares (reforma constitucional y constituyente) y de los diversos referendos.

El gobierno por autoridades elegidas. El Presidente de la República podrá nombrar autoridades centrales que gobiernen sin ser elegidas (territorios federales, provincias federales, municipios funcionales, regiones militares y especiales, y otras.

Un poder popular que no surge del sufragio del pueblo.

Las autoridades del poder popular no serán elegidas por sus comunidades mediante elección libre y secreta.

Estatización de la sociedad y el pueblo: el Poder Popular pasa a ser un "poder" del Estado, ya no ciudadanos y ciudadanos que participan desde la sociedad.

¿Qué se gana? Mayor conciencia de las personas sobre la pérdida de los espacios participativos y democráticos en la nueva Constitución que está por aprobarse.

Excesiva estabilidad de los funcionarios elegidos.

FUERZA ARMADA NACIONAL

El Estado combatirá al "enemigo interno"

¿Qué se pierde? El carácter de institución que no está al servicio de persona alguna.

Su misión institucional en un Estado Constitucional de Derecho, fuera de concepciones político-partidistas (Fuerza Armada Bolivariana).

Concepción de la Fuerza Armada Nacional dentro de la "seguridad nacional" para mantener el orden y defenderse frente a los enemigos "internos".

Militarización de un gran sector de la población, a través de su incorporación a un nuevo componente de la FAN: la milicia nacional.

Promoción de la guerra popular de resistencia, en vez de la cultura de la paz.

Desconocimiento de las recomendaciones de los organismos internacionales sobre la necesidad de que los cuerpos de seguridad del Estado sean de carácter civil.

Mayor injerencia directa del Presidente en los ascensos en todos los grados.

Mayor injerencia directa del jefe del Estado en los cuerpos, componentes y unidades de la Fuerza Armada Nacional.

¿Qué se gana? Mayor conciencia sobre los riegos de desarticular la institucionalidad de la FAN con la nueva Constitución.


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