domingo, octubre 07, 2007

Artículo 136

De la Constitución de 1999:

El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado.

A la propuesta de Chávez:

El Poder Público se distribuye territorialmente en la siguiente forma: el poder popular, el poder municipal, el poder estatal y el poder nacional.

Con relación al contenido de las funciones que ejerce, el poder público se organiza en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

El pueblo es el depositario de la soberanía y la ejerce directamente a través del Poder Popular. Este no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población.

El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los consejos comunales, los consejos obreros, los consejos campesinos, los consejos estudiantiles y otros entes que señale la ley.


Para explicar este artículo, pocas palabras son necesarias, ya que ni siquiera el increíble léxico revolucionario – no les quitaré crédito por ello – se preocupa por hacer esfuerzo alguno para esconder la verdadera naturaleza de la propuesta.

Primero, el artículo introduce una nueva figura en el sistema político Venezolano: el "Poder Popular", dejando el resto de los poderes casi intactos. También divide el poder en dos tipos: uno de acuerdo a la distribución territorial y otro de acuerdo a sus funciones.

Si el poder está distribuido territorialmente, debe entonces usarse alguna forma de jerarquía (el poder nacional está por encima del poder estadal, y éste a su vez, por encima del poder municipal que es el que tiene mayor alcance local) La reforma propuesta parece otorgarle la mayor jerarquía a este nuevo “Poder Popular”.

Alguien podría discutirme que "Esto es de hecho muy avanzado ya que le está dando al pueblo (es decir, a nosotros) incluso mucho más poder que el que tiene el propio estado. ¡Es el pueblo por encima de las instituciones! ". Esto es un sueño clásico del que no discutiré sus consecuencias prácticas en este espacio, pero prefiero simplemente decir que nada podría estar más lejos de la ilusión de darles todo el poder a los ciudadanos (llamados “pueblo”, en este caso) que esta reforma, tan pronto como las próximas líneas nos advierten en qué consiste exactamente el poder popular.

El poder Popular, al menos en lo que le concierne a este artículo, sugiere al lector la forma de una inmensa red de organizaciones "populares" que al final son las únicas autorizadas para ejercer este poder. El ciudadano – no importa si usted tiene tiempo para esas organizaciones o si es familiar o no con la ideología de la organización – sólo puede ser un ciudadano si es un miembro de cualquiera de estas organizaciones. Debemos añadirle a este asunto, el hecho de que estas organizaciones tendrán que ser autorizadas por el estado.

De este modo, no es difícil imaginarnos esta red de las llamadas organizaciones populares, como una nueva e impenetrable burocracia que se impone entre el ciudadano y sus derechos individuales.

Pero el problema va aún más lejos: el nuevo artículo suprime el voto directo de cualquier ciudadano al menos en los asuntos que le conciernen al poder popular (todavía no estamos muy seguros de cuáles son exactamente esos asuntos). Para una revolución que ha hablado una y otra vez acerca de la promesa de una democracia directa, la palabra “directa” cuidadosamente escrita en la reforma, toma ahora un nuevo significado, convirtiéndose sin duda alguna, en lo opuesto.

”Este no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población.”

Como podemos ver, las elecciones son ahora descartadas como modo para ejercer este poder popular, ya que el artículo establece que los propios consejos comunales; en lugar de los ciudadanos como individuos, van a votar en su representación.

En reemplazo del voto, el artículo establece una cierta “condición” que permitirá que el pueblo (es difícil decir si por “el pueblo” este artículo ahora se refiere a los ciudadanos, los consejos o ninguno de los anteriores) ejerza un poder vagamente definido. Esta “condición” puede sonar inspiradora pero su significado en términos prácticos es bastante vago e incluso, peligroso para la preservación del sistema democrático.

Vago, porque no estamos contando con el voto de los ciudadanos; así que otros modos son necesarios para traducir esta condición, y el artículo no se preocupa en procurarnos siquiera una pista sobre cómo empezar.

Y peligroso porque la manera más fácil que se me viene a la mente de traducir esta “condición” es por medio de un intérprete capaz de entenderla, quien nos dirá qué hacer para asegurarnos de que este Poder Popular es verdaderamente ejercido. Ahora bien, este intérprete, lógicamente, no puede ser un ciudadano común; tiene que ser alguien especial, alguien “del pueblo”, alguien “amado por el pueblo”, alguien que tenga en su alma “el alma del pueblo”. Aún no he conocido o escuchado de un personaje tan especial, pero ciertos discursos me hacen sospechar del hombre que escribió esta reforma, imaginando como suya esta condición sin precedentes de grupos populares organizados.

En síntesis, el artículo 136 crea un Nuevo poder: El Poder Popular, el cual, incluso tomando en cuenta que es ciertamente traducido como “El poder para el pueblo”, suprime la posibilidad de ese mismo pueblo de ejercerlo por medio del voto, enfatizando los múltiples consejos (comunales, campesinos, estudiantiles etc. ) como la forma de ejercer dicho poder. Con el nombre de “Poder Popular”, este artículo añade al sistema político una nueva burocracia hecha de organizaciones – los consejos – promovidas y cuidadosamente vigiladas por el gobierno. [Nota añadida por el editor: muchos de los procedimientos públicos de dichos consejos terminan en votos a mano alzada, y muchos en las sesiones de votación usan camisas rojas o son conocidos por trabajar con el gobierno. Dejaremos que el lector llegue a sus propias conclusiones].

Estos consejos se convertirán en la “condición” del pueblo (debido a que el pueblo organizado es ahora establecido como la base de la población, dejando al pueblo no organizado prácticamente sin derechos de ciudadanía) y solamente mediante esa “condición” (nada de votos), el Poder Popular será ejercido.

Los asuntos de los que este Poder Popular se va a encargar aún no están claros, pero no importa cuáles sean esos asuntos; lo que se debe destacar acá es el hecho de que el ciudadano no tendrá acceso directo para hacer sus opiniones o demandas en esos asuntos, pues el voto será suprimido.

Si alguien me pidiera que expresara el significado de este artículo en tan sólo un par de palabras, diría que, irónicamente, la reforma propuesta del artículo 136 de la Constitución, con la creación del Poder Popular elimina sin piedad la soberanía popular.

Julia_1984, una de las "estudiantes disidentes", abrió su blog a principios de este año “The end of Venezuela as I know it

e-mail: venezuela.constitution.trap@gmail.com . Asunto: Art. 136

Versión en inglés aquí.

3 comentarios:

Coordinador M348 dijo...

Estimados Amigos:

Los felicitamos por este trabajo.
El Movimiento 348 esta convencido de que una Asamblea Nacional Constituyente es la única salida constitucional que puede lograr el reencuentro entre los Venezolanos.
Sin embargo, la educacion sobre la reforma es trabajo de todos y desde hoy existe un acceso directo a su pagina de la nuestra.
Mucha suerte

Movimiento 348
http://www.m348.com
Http://movimiento348.blogspot.com

LaPosta2007.blogspot.com dijo...

ME CONVENCIERON, VOY A VOTAR A FAVOR DE LA REFORMA...
SALUDOS BOLIVARIANOS.
pd: Sigan así

Daniel Duquenal dijo...

laposta

una pregunta: ¿te leíste por lo menos uno de los artículos de esta pagina? ¿y si es el caso, nos puedes explicar porque te convenció esa lectura en votar por la reforma?

de todas maneras no te preocupes, nosotros los demócratas verdaderos seguimos analizando, debatiendo, pensando, negando la violencia. lo que hay que ver es cuanto tiempo tu podrás seguir hasta que esa misma reforma por la cual va a votar te caiga encima a reprimirte. acuerdate de nosotros ese día.