Introducción: Este análisis no revisa un artículo específico pero sí examina las "Disposiciones Transitorias", y, como tal, es igual de importante que cualquier artículo, ya que definirá la forma y el momento en que la nueva Constitución se aplicará.
Si los electores venezolanos aprueban el proyecto de Reforma de la Constitución, éste ha incluido una serie de "Disposiciones Transitorias" que se aplicarán inmediatamente después de la votación. La lectura de ellas nos da una pista de lo que la realidad Constitucional será el 3 de diciembre, si gana la opción del "Sí".
Esto apunta a que la Asamblea Nacional empezará a trabajar rápidamente para comenzar a aplicar las leyes que soportan las reformas económicas en prácticamente todo. Los Consejos comunales comenzarán a recibir dinero a manos llenas, y el estado y los gobiernos locales verán que sus recursos se reducen. Chávez estará en completo control del Banco Central y sus reservas. Los trabajadores informales supuestamente empezarán a obtener un fondo de pensiones y las leyes del petróleo y el gas serán cambiadas. Lo curioso, es que muchas de esas leyes ya son parte del paquete de leyes Habilitantes de Chávez, lo que hace que el hincapié en el modo en que habrán de ponerse a trabajar rápidamente, sea bastante extraño.
La última parte de la lista de leyes que se van a cambiar es la Ley Orgánica de Educación. La inmediata discusión y aprobación de esta nueva ley, será una oportunidad para que el gobierno someta a una oposición desmoralizada e imponga su control sobre la enseñanza privada de una vez por todas.
Lo que esto supone es que la Asamblea Nacional le pondrá “prioridad” a absolutamente todo lo que está a su alcance. En otras palabras, ellos no dejarán piedra sin mover, y no hay manera de decir qué piedras van a voltear primero.
2. Beneficios - "Gente, pueden regresar al Congreso cuando quieran"
Uno de los artículos Transitorios incluye una disposición por la que cualquier representante elegido de la Asamblea Nacional de diciembre del 2005, puede reclamar su asiento después de haber cumplido cualquier posición en el Poder Ejecutivo. En otras palabras, si Chávez lo bota, todavía tiene usted un puesto de trabajo para volver, a diferencia de ahora, cuando usted tiene que conformarse con cualquier puesto en alguna Embajada.
Ocho años después de la aprobación de la Constitución en vigor, aún hay muchas disposiciones que en ella no se han regulado. La Asamblea, en un curioso acto de ‘tremendura’, ha incluido una serie de disposiciones que regulan los artículos establecidos en la Constitución, pero no son parte del grupo de artículos que están siendo considerados para la reforma.
Un ejemplo de esto es el artículo 92, donde se señala que todos los trabajadores tienen derecho a la anualidad de sus pagos, o "prestaciones sociales". La Asamblea ha decidido incluir en sus disposiciones transitorias un artículo que explica exactamente cómo los trabajadores recibirán sus anualidades. Se dice que los trabajadores se ganarán las anualidades, de acuerdo con su último sueldo, y que este derecho tiene una duración de diez años (la escritura es muy vaga sobre esto, pido disculpas, pero aún no dispongo de mi doctorado en Chavistología para saber qué es lo que quieren decir). El propósito de esto, parece ser el de garantizar a los trabajadores sus prestaciones sociales anuales, sin que sufran a causa de los cambios en el horario de trabajo.
Otro ejemplo es el artículo 125 de la actual Constitución, que no es objeto de debate y simplemente dice que los pueblos indígenas tendrán sus propios representantes. Las Disposiciones transitorias explican exactamente cómo los representantes indígenas serán elegidos, saltándose a la torera la necesidad de una ley especial al respecto. También habla sobre la demarcación de las tierras indígenas, algo que, de acuerdo con la Constitución vigente debería haberse hecho hace mucho tiempo, tendrá que hacerse… en los próximos dos años!
Los representantes indígenas deben estar emocionados con toda esta atención que están recibiendo. Lo malo, es que no significa mucho.
4. Remitiendo los asuntos a otras personas - "Las siguientes cosas serán manejadas por la gente que se supone deba manejarlas, de acuerdo con la legislación vigente."
De alguna manera, la Asamblea Nacional, vio la necesidad de especificar las cosas que personas específicas tienen la responsabilidad, de la tramitación de cosas específicas en virtud de las leyes existentes, y que estas cosas se seguirán tramitando por las personas específicas en virtud de las leyes existentes, a menos que (la Asamblea) cambie de opinión. Si esto le suena a usted, como a mí, la más completa jerigonza y un total desperdicio de papel, entonces es que quizás no hayamos asistido a suficientes clases de derecho, para comprender los "misterios" de la administración de las "ciencias" de la justicia.
Por ejemplo, las Disposiciones delegan en el CNE toda la autoridad para decidir los detalles de cómo se llevarán a cabo las futuras elecciones, hasta que se dicte una legislación al respecto. En otras palabras, se incluye un párrafo diciendo que el CNE es el encargado de las elecciones hasta que no cambie la legislación, lo cual es total y absolutamente evidente para mí.
Además, se especifica que, hasta que la nueva legislación se produzca con respecto a las tierras ociosas, la administración de tales tierras seguirá en manos de Chávez con el pretexto de cualquiera que sea su sagrada voluntad en un día concreto, este…, lo siento, "la legislación vigente".
Las Disposiciones también especifican que los asuntos sobre "títulos profesionales", y "asociaciones profesionales" seguirán rigiéndose por la legislación vigente. Una vez más, extrañamente, esto se refiere a un artículo (105) que, oh sorpresa! existe en nuestra actual Constitución; que dice algo completamente banal acerca de la forma en que la ley regulará los requisitos que la gente necesita para ganar un título profesional y sobre las asociaciones profesionales, y doblemente sorprendente! ni siquiera es uno de los artículos que están siendo considerados para la reforma.
5. La economía de nuevo - "Oh, en caso que no lo tuviéramos claro por ahora, Chávez manejará todo, por todo el tiempo que quiera"
Existen disposiciones distintas en las que se especifica que Chávez tendrá de inmediato el poder de modificar cosas fundamentales acerca de nuestra economía. Al parecer, el hecho de que Chávez cuenta con una Ley Habilitante con una fecha de caducidad real no es suficiente, ya que las disposiciones transitorias eficazmente entregan el poder a Chávez "hasta que se dicten los reglamentos", que perfectamente podría ser nunca.
En la medida en que las leyes no sean aprobadas, Chávez será capaz de iniciar la transición a una economía socialista por decreto. Chávez también tendrá la posibilidad de financiar los Consejos Comunales de inmediato, hasta que una Ley Orgánica para el Poder Popular sea aprobada.
Como se esperaba, varias de las disposiciones transitorias abordan el desmantelamiento inmediato de la descentralización.
Los cambios en el Situado Constitucional, por medio del cual los gobiernos estatales y locales tienen derecho a un determinado porcentaje del presupuesto nacional, entrarán en vigor con la Ley de presupuestos del 2009. En otras palabras, la descentralización tiene exactamente un año antes de que deje de existir.
Además, se entregará a Chávez el poder de crear el Distrito Federal de Caracas, eliminará el actual Alcalde Mayor, Barreto y pasará todas las tareas administrativas y burocráticas a las nuevas autoridades del Distrito Federal. Oh, se me olvidaba ", mientras una nueva ley no sea aprobada", que podría ser nunca. En otras palabras, Chávez se convierte en el rey y el único que toma las decisiones en el Distrito Federal también.
Por último, se dice que el Estado tiene un año para transferir todo el poder estipulado en la reforma, desde los diferentes gobiernos locales a Chávez.
La idea es clara: tenemos exactamente un año antes de que el experimento de la descentralización forea parte de la historia.
Curiosamente, las Disposiciones especifican que el lapso de siete años de mandato presidencial sólo entrará en vigor una vez que el actual haya culminado. En otras palabras, habrá elecciones presidenciales en el 2012 y no en el 2013.
Esta es una sorpresa para mí. Si mi calculadora es correcta, esto significa que después de las elecciones que tendrán lugar en 2019, serán para un mandato que se iniciará a principios de 2020. Esto significa que si los planes de Chávez son de permanecer hasta el 2021, es que planifica dimitir después del inicio de ese mandato?
Espere, tal vez están confundidos al igual que con los cambios en el reloj. Tal vez Chávez quiere quedarse hasta el 2030. Pero espere, las elecciones se celebrarían en el 2026 y luego en el 2033. ¿Cómo haría para permanecer en el país sólo hasta el 2030? Es que piensa morirse en ese año? Va a dimitir? Estará él pensando en cambiar la Constitución de nuevo en el futuro? Tendríamos que esperar un cambio en el 2010 diciendo que el término presidencial es ahora DIEZ años en lugar de siete?
Sin embargo, el propio artículo se escribe de forma quasi gramatical, típico de estos legisladores vergonzosamente sin educación. Dice, "Décima Cuarta. El período presidencial establecido en el artículo 230 de esta Constitución se aplicará una vez vencido el actual período presidencial." Dejando de lado la cuestión de que los términos presidenciales no se “aplican”, parece que hay un poquito aquí de una zona gris, pero me parece poco probable que nos salgan después con alguna interpretación sin sentido de este artículo. Por otra parte, han ocurrido cosas mas extrañas.
Ha sido dicho antes, pero hay que repetirlo. La ley aprobada en el 2001 que regula cuándo, cómo y por cuánto tiempo el Estado puede decretar el "Estado de Excepción" - véase Musharraf (2007) - dejará de existir tan pronto como se apruebe esta Constitución. En otras palabras, si en los días después de que la Constitución sea aprobada el gobierno decide promulgar un Estado de Excepción sin límite, nos encontraremos en cierto limbo jurídico ya que no habrá ley que lo regule, es decir, no existe ley que diga lo que el Estado puede o no puede hacer, durante esas "excepcionales" veces.
En este escenario, la Asamblea Nacional deja en claro que no estaría violando ninguna ley mediante la promulgación de un Estado de Excepción, ya que, así, los Estados de Excepción carecerán totalmente de reglamento. Cuando el gobierno comience a censurar la prensa a voluntad, lo hará con la ley de su lado.
Además, el Estado de Excepción será por el tiempo que el gobierno quiera que sea. Mire, ¿sabía usted que la gente en Egipto ha estado viviendo bajo un estado de excepción desde 1967? ¿Sabía usted que Hitler promulgó un Estado de Excepción tras el incendio del Reichstag en 1933, y la Constitución alemana fue efectivamente suspendida hasta que la guerra terminó? ¿Sabía usted que Siria ha estado en un estado de excepción desde 1963? Simplemente pensé que había que decirlo aquí. Es increíble el tipo de cosas que se pueden aprender de Wikipedia.
Por Katy (que puede ser contactada en Caracas Chronicles). Originalmente publicado aquí.
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